"Ryanair solicitó al Tribunal General que anulara esta última decisión de la Comisión", pero "el Tribunal General desestima el recurso de casación interpuesto por Ryanair", anunció la primera instancia del Tribunal de Justicia de la UE en un comunicado, recogido por Publituris.

En concreto, según la sentencia publicada, "la Comisión demostró que TAP podía beneficiarse de la ayuda a la reestructuración" y también "apreció correctamente que la medida respondía a un objetivo de interés común y que era necesaria, adecuada y proporcionada."

Al mismo tiempo, "el Tribunal General rechaza también las alegaciones de Ryanair según las cuales la Comisión no demostró que el plan de reestructuración fuera realista, coherente, suficientemente amplio y capaz de restablecer la viabilidad a largo plazo de TAP, por lo que no se infringieron las Directrices", añade.

Además, "no se puede acusar a la Comisión de haber realizado un análisis incompleto de los efectos negativos de la medida de ayuda", ya que "no se violaron los principios de no discriminación, libre prestación de servicios y libertad de establecimiento".

Lo que está en cuestión es la aprobación dada por la Comisión Europea el 21 de diciembre de 2021 al plan de reestructuración de TAP y los 2.550 millones de euros en ayudas estatales para permitir al grupo volver a la viabilidad, imponiendo compromisos para no dañar la competencia europea.

Entre los remedios impuestos por Bruselas para la aprobación del plan de reestructuración están la obligación de que la aerolínea ponga a disposición hasta 18 franjas horarias al día en el aeropuerto de Lisboa, la división de actividades entre TAP Air Portugal y Portugália, y la venta de activos no esenciales, como filiales en actividades adyacentes de mantenimiento, catering y asistencia en tierra.