Entre enero y diciembre de 2025 se registraron 839 avisos de huelga, lo que supone un descenso del 23,66% respecto a los 1.099 registrados a lo largo de 2024.

El número de preavisos de huelga registró su primer descenso en 2024, después de subir consecutivamente desde 2021, y los 839 preavisos registrados el año pasado son los más bajos desde 2020, periodo marcado por la pandemia, cuando se registraron 650 preavisos, según el análisis de Lusa basado en los datos facilitados por la DGERT.

De los 839 preavisos registrados en 2025, la mayoría (661, equivalentes al 78,8 por ciento) corresponden al sector no empresarial del Estado, mientras que los 178 restantes se registraron en el sector empresarial del Estado.

En cuanto a los servicios mínimos, disminuyeron un 7,3 por ciento en 2025 respecto al mismo periodo del año anterior, hasta los 178, según datos de la DGERT.

En diciembre de 2025 se registraron 64 preavisos de huelga, un 72,17 por ciento menos que los 230 registrados el año anterior.

De estos 64 preavisos de huelga, la mayoría se registraron también en el sector no empresarial del Estado (56, equivalentes al 87,5 por ciento), mientras que los ocho restantes correspondieron al sector empresarial del Estado.

Por sectores, el de transportes y almacenamiento fue el que registró el mayor número de preavisos de huelga en el último mes de 2025, con un 22 por ciento del total, seguido del sector manufacturero y de los servicios administrativos y auxiliares (ambos con un 20 por ciento).

En diciembre se registraron 44 servicios mínimos decretados, un 51,7 por ciento más que los 29 registrados en el último mes de 2024.

El mes de diciembre coincidió con la huelga general convocada por la CGTP y UGT contra la revisión de la legislación laboral propuesta por el Gobierno, la quinta que reúne a ambas centrales sindicales y la primera desde la huelga conjunta del 27 de junio de 2013.

Los cambios en la ley de huelga son una de las medidas más criticadas por las centrales sindicales.

El Gobierno quiere integrar en los servicios mínimos exigidos durante una huelga la atención a la infancia, a las personas mayores, a los enfermos y a los discapacitados, así como el sector de suministro de alimentos y los servicios de seguridad privada para bienes o equipos de primera necesidad.

Según la Ministra de Trabajo, Solidaridad y Seguridad Social, Rosário Palma Ramalho, la idea es "ser un poco más exigentes en cuanto a la definición de los servicios mínimos, pero sin eliminar el derecho de huelga", y haciéndolo "sólo compatible con otros derechos fundamentales", a saber, el derecho a la salud, al trabajo o a "circular libremente".

Actualmente, el Código de Trabajo establece que, en caso de huelga, deben garantizarse los servicios mínimos "en las empresas o establecimientos destinados a satisfacer necesidades sociales esenciales", que incluyen los servicios postales y de telecomunicaciones, los servicios médicos, hospitalarios y farmacéuticos, los servicios de salud pública, incluidos los servicios funerarios, los servicios energéticos y mineros, incluido el suministro de combustible.

También se incluyen el abastecimiento de agua, los cuerpos de bomberos, los servicios públicos que garanticen la satisfacción de necesidades esenciales cuya provisión sea responsabilidad del Estado, el transporte, incluidos puertos, aeropuertos, estaciones de ferrocarril y camiones, relativo a pasajeros, animales y productos alimenticios perecederos y mercancías esenciales para la economía nacional, que abarque su respectiva carga y descarga y el transporte y la seguridad de valores monetarios.