Se contemplan tanto los contratos indefinidos como los de duración determinada, y el puesto de trabajo debe estar situado en Portugal continental.
"Esta ordenanza crea una medida excepcional para fomentar la vuelta al trabajo de los jóvenes desempleados (IRT Joven), con el objetivo de estimular la búsqueda activa de empleo y compensar económicamente a los jóvenes que firmen contratos de trabajo antes de que finalice el periodo de seguro de desempleo", señala el decreto publicado hoy.
Esta ayuda está destinada a los jóvenes menores de 30 años que ya estén inscritos en elInstituto de Empleo y Formación Profesional(IEFP) como desempleados y perciban prestaciones por desempleo.
Si celebran un nuevo contrato de trabajo, tendrán derecho, en virtud de esta medida, a una ayuda económica correspondiente al 25% (si el contrato de trabajo es de duración determinada) o al 35% de la prestación que estén percibiendo (si el contrato de trabajo es indefinido).
Esta ayuda económica se limita al periodo restante de la prestación del seguro de desempleo o a la duración del contrato de trabajo en vigor, si éste es inferior al periodo restante.
La ordenanza detalla que sólo son subvencionables los contratos de trabajo a tiempo completo firmados a partir de este jueves, 9 de octubre, y con una duración igual o superior a seis meses.
También se estipula que los contratos de trabajo deben firmarse con entidades registradas en Portugal continental, y el puesto de trabajo debe estar situado en el continente.
Por otro lado, el decreto publicado por el Gobierno deja claro que no son subvencionables los contratos de trabajo firmados con el anterior empleador del joven beneficiario.
El Gobierno de Luís Montenegro también establece que los jóvenes sólo podrán beneficiarse de esta ayuda una vez. Destaca que, en caso de suspensión del contrato de trabajo (por ejemplo, en una situación de despido), la ayuda se mantiene, ya que la relación contractual continúa.
La aplicación de este nuevo incentivo correrá a cargo del IEFP, que se encargará de definir el plazo de solicitud y de elaborar una guía de apoyo para los jóvenes interesados (antes del 18 de octubre).
Según el decreto, los jóvenes deberán presentar sus solicitudes en un plazo máximo de 30 días desde la fecha de inicio de su contrato de trabajo, y el IEFP dispondrá entonces de diez días hábiles para tomar una decisión sobre la solicitud.
"Dentro de los diez días hábiles siguientes a la recepción de la notificación de la decisión de aprobación, los beneficiarios deberán presentar al IEFP el formulario de aceptación de la decisión de aprobación, indicando su IBAN", añade la legislación.
En cuanto al pago, el Gobierno explica que habrá tres grandes hitos: El 30% del importe total aprobado, en los 20 días hábiles siguientes a la presentación del formulario de aceptación y demás documentación justificativa; el 30% del importe total aprobado, una vez transcurrida la mitad del plazo; y el 40% en los 20 días hábiles siguientes a la finalización del plazo.
Esta medida excepcional para incentivar la reinserción laboral de los jóvenes estará vigente hasta el 30 de junio de 2026. Entonces será evaluada por la Consulta Social.