El Instituto de Empleo y Formación Profesional (IEFP) ofrece ayudas económicas a través de un programa denominado «Emprego Interior Mais» a aquellas personas que estén empleadas o sean titulares de su propio negocio y cuyo lugar de trabajo les obligue a trasladarse a una zona del interior del país. La ayuda también está disponible para los trabajadores autónomos que trabajen a distancia y residan en una zona del interior.
El IEFP precisa además que la ayuda está disponible para personas que ya están empleadas pero cuyo lugar de trabajo se ha trasladado a una zona del interior. También puede estar disponible para personas que ya trabajan y residen en el interior si se les exige recorrer al menos 100 kilómetros entre su domicilio y su lugar de trabajo.
Territorios del interior
Aunque la lista oficial es extensa y define los territorios del interior a nivel de parroquia, es posible identificar distritos en los que todos los municipios y parroquias se consideran parte del interior de Portugal. Por lo tanto, si cumplen las condiciones pertinentes, los trabajadores de estas zonas pueden tener derecho a la ayuda del IEFP.
Los distritos en los que todos los municipios y parroquias cumplen los criterios son Beja, Bragança, Castelo Branco, Évora, Guarda, Portalegre y Vila Real.
El programa forma parte del «Programa Trabajar en el Interior» (Programa Trabalhar no Interior), que fue aprobado por el Consejo de Ministros en 2020.
Objetivos del programa
El programa tiene por objeto fomentar la movilidad geográfica en el mercado laboral, al tiempo que crea condiciones favorables para la creación de empleo y la actividad profesional en las zonas del interior. El programa pretende animar a los trabajadores a establecerse en el interior para reducir las disparidades regionales y promover la cohesión territorial.
¿Quién puede solicitarlo?
Los ciudadanos de otros países de la Unión Europea, Suiza y el Espacio Económico Europeo pueden solicitar la ayuda si están dispuestos a trabajar en el interior de Portugal. Los ciudadanos de países no pertenecientes a la UE pueden solicitarla siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley n.º 23/2007, de 4 de julio.
Pueden solicitar la ayuda los portugueses desempleados de la zona que busquen un nuevo empleo y estén inscritos en el IEFP o en los servicios de empleo de las Regiones Autónomas de las Azores y Madeira.
También está disponible para aquellas personas que no estuvieran dadas de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia durante el mes anterior a la presentación de su solicitud o a la firma de su contrato de trabajo. Lo mismo se aplica a quienes creen su propio puesto de trabajo o pongan en marcha su propio negocio.
El programa también cubre a los emigrantes que abandonaron Portugal después del 31 de diciembre de 2015 y que hayan residido en el extranjero durante al menos un año.
Los trabajadores por cuenta ajena y los autónomos también pueden tener derecho a esta ayuda.
¿A cuánto asciende la ayuda económica?
La cuantía que se abona a los trabajadores se basa en el Índice de Apoyo Social (IAS), que en 2026 asciende a 537,13 €. A continuación, la cuantía concedida se multiplica en función del tipo de contrato de trabajo.
Por ejemplo, en el caso de los contratos de trabajo indefinidos, ya sean nuevos contratos o impliquen un traslado del lugar de trabajo, así como para quienes creen su propio empleo o negocio, el IEFP concede siete veces el IAS, lo que equivale a 3 759,91 €.
Las personas con contratos de trabajo de duración determinada o contratos de beca de al menos un año de duración pueden recibir cinco veces el IAS, lo que equivale a 2 685,65 €. Esta cuantía también se aplica a los contratos de trabajo de duración indeterminada con una duración prevista de al menos 12 meses. A estos efectos, también se incluyen los nuevos contratos de más de 12 meses de duración y los traslados de lugar de trabajo en el marco de contratos ya existentes.
La ayuda no se limita a los trabajadores que necesiten cambiar de domicilio. Puede incrementarse en un 20 % por cada miembro del hogar del trabajador. En este caso, cada miembro del hogar puede recibir 751,98 € o 537,13 €, dependiendo de las circunstancias del trabajador que se traslade.
Se puede conceder un pago adicional de 805,70 € para ayudar a sufragar los gastos de traslado de las pertenencias al nuevo domicilio.
Condiciones de acceso
El IEFP señala que el derecho a la ayuda depende de la firma de un contrato de trabajo o de la creación de un puesto de trabajo o de una empresa. Es fundamental que el trabajo se realice en el interior del país y que obligue al trabajador a cambiar su lugar de residencia.
Para recibir la ayuda, los contratos de trabajo deben haber entrado en vigor a partir del 1 de enero de 2020 y deben especificar las condiciones del contrato, así como el salario mensual garantizado. El contrato también debe indicar el lugar donde se realizará el trabajo, que debe estar situado en un territorio del interior incluido en la lista oficial del IEFP.
En el caso de quienes crean su propio puesto de trabajo, como los trabajadores autónomos que emiten «recibos verdes» o que crean su propia empresa, la elegibilidad se extiende a las personas que desarrollen actividades profesionales o comerciales independientes en las zonas cubiertas por el programa. También pueden acogerse al programa quienes constituyan entidades privadas con ánimo de lucro, independientemente de su forma jurídica. Las cooperativas también están incluidas en el programa «Emprego Interior Mais».
Cambio de residencia
Las personas que cumplan los requisitos para recibir la ayuda y necesiten trasladarse a una de las parroquias incluidas en la lista del IEFP deben cumplir ciertos requisitos. El traslado debe ser permanente, lo que significa que la nueva residencia debe mantenerse durante al menos un año.
La residencia anterior del trabajador no debe haber estado situada en una de las parroquias del interior designadas, a menos que se encontrara a una distancia mínima de 100 kilómetros de la nueva residencia.
El traslado debe realizarse en el plazo de 180 días consecutivos antes o después del inicio del contrato de trabajo o de la creación del propio puesto de trabajo o negocio del trabajador. El lugar de trabajo también debe estar situado en una zona del interior.
Ciudadanos extranjeros
Los trabajadores extranjeros también pueden optar a esta medida si se les exige establecer su residencia en un territorio del interior tras la concesión de su visado.
En el caso de los trabajadores extranjeros, el contrato de trabajo debe haber tenido inicio a partir del 1 de enero de 2022, y deben percibir un salario igual o superior al salario mínimo nacional vigente.
¿Cómo se abona la ayuda?
La ayuda económica se abona en dos plazos. El primer 60 % se abona en un plazo de 10 días hábiles a partir de la presentación del formulario de aceptación y de la documentación justificativa pertinente.
El 40 % restante se abona en el decimotercer mes, con arreglo al contrato de trabajo firmado entre el trabajador y su empleador.
El programa «Emprego Interior Mais» puede combinarse con otras ayudas, como «Compromisso Emprego Sustentável», el Programa de Apoyo al Emprendimiento y a la Creación de Empleo por Cuenta Propia y «Empreende XXI».
Sin embargo, no puede combinarse con el programa de Apoyo al Retorno de Emigrantes a Portugal. Otros miembros del hogar del trabajador pueden seguir solicitando las prácticas de ATIVAR.PT y el «Compromisso Emprego Sustentável».
Cómo presentar la solicitud
Los plazos de solicitud los publica el IEFP en línea a través de su página web oficial, y la concesión de las ayudas está sujeta a la disponibilidad presupuestaria.
Las solicitudes pueden presentarse en un plazo máximo de 180 días a partir de la firma del contrato de trabajo, la creación de una empresa o el traslado del lugar de trabajo.
Las solicitudes se presentan en línea a través del portal iefponline, donde los solicitantes también pueden encontrar información detallada sobre la documentación necesaria para solicitar la ayuda.








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