Miles de inversores y sus familias eligieron Portugal no sólo como destino de inversión, sino como lugar para establecer vínculos personales y profesionales a largo plazo, confiando en un marco jurídico claro que garantizaba la posibilidad de solicitar la nacionalidad portuguesa una vez transcurridos cinco años desde la solicitud de residencia.

La reciente evolución de la Ley de Nacionalidad portuguesa ha suscitado serias preocupaciones sobre la seguridad jurídica, las expectativas legítimas y la protección de los inversores cuyos procesos de residencia siguen pendientes.

Esta semana, el Tribunal Constitucional emitió su decisión sobre la Ley de Nacionalidad, a raíz de dos solicitudes de revisión constitucional preventiva presentadas por el Partido Socialista. El Tribunal declaró inconstitucionales cuatro disposiciones, tres de ellas por unanimidad.

Entre las disposiciones anuladas figuran las que:

i) impedían automáticamente el acceso a la nacionalidad portuguesa a las personas condenadas por delitos castigados con dos o más años de prisión;

ii) permitían la revocación de la nacionalidad en casos de presunto fraude, incluso afectando a los titulares de buena fe;
iii) determinaban que las solicitudes de nacionalidad pendientes debían depender de la fecha de aprobación del permiso de residencia y no de la fecha de presentación de la solicitud de residencia, norma que el Tribunal consideró violatoria del principio de protección de la confianza legítima inherente al Estado de Derecho consagrado en el artículo 2 de la Constitución; y

iv) permitió la cancelación del registro de nacionalidad basándose en una conducta considerada de rechazo a la adhesión a la comunidad nacional y a sus símbolos.

El Presidente de la República devolverá ahora la ley al Parlamento, donde las enmiendas pueden conducir a soluciones más equilibradas y constitucionalmente sólidas.

En este contexto, es esencial subrayar que debe mantenerse el cómputo del periodo de residencia a efectos de nacionalidad desde la fecha de presentación de la solicitud de residencia. Los solicitantes no deben ser penalizados por retrasos sistémicos e ineficiencias administrativas atribuibles a AIMA. Como autoridad pública, AIMA está obligada por los principios de eficiencia, proporcionalidad, economía y celeridad, principios que, lamentablemente, no se han observado de forma coherente.

Esta cuestión es especialmente sensible para los inversores de Golden Visa. Estas personas realizaron importantes inversiones financieras en Portugal, a menudo de cientos de miles o incluso millones de euros, con una expectativa clara y legítima establecida por la ley: la posibilidad de solicitar la nacionalidad portuguesa al cabo de cinco años. Muchos reestructuraron sus vidas, trasladaron a sus familias, escolarizaron a sus hijos y se comprometieron a largo plazo con Portugal basándose en ese marco jurídico.

Cualquier aumento del requisito de residencia de cinco a diez años no debería aplicarse a los inversores de Golden Visa cuyas solicitudes estén pendientes o que invirtieron con arreglo al régimen anterior.

No salvaguardar a estos inversores socavaría la seguridad jurídica y erosionaría la confianza en el Estado portugués, piedra angular de cualquier sociedad democrática regida por el Estado de Derecho.

Además, las solicitudes de Golden Visa han sido sistemáticamente despriorizadas por AIMA, lo que ha dado lugar a prolongados retrasos. Sería manifiestamente injusto que los inversores se vieran perjudicados dos veces: primero por la inercia administrativa, y después por cambios legislativos que ignoran sus intereses legalmente protegidos.

Portugal es reconocido desde hace tiempo como una jurisdicción estable, fiable y favorable a los inversores. Preservar esa reputación exige respetar la seguridad jurídica, las expectativas legítimas y los principios fundamentales del Estado de Derecho.

Excluir a los inversores de Golden Visa de los requisitos de residencia ampliada y mantener los plazos de elegibilidad de la nacionalidad basados en la presentación de solicitudes de residencia protegería tanto a los inversores como los intereses económicos del país. De este modo se impediría la fuga de capitales, se evitaría la pérdida de futuras inversiones y se reafirmaría el compromiso de Portugal con la equidad, la transparencia y los valores democráticos.

Sólo cuando se apruebe la redacción definitiva de la ley modificada se conocerá el verdadero impacto en los casos pendientes. Hasta entonces, es crucial que los legisladores garanticen que quienes invirtieron en Portugal de buena fe no queden desprotegidos.

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