La medida figura en el Decreto n.º 268/2026/1 y modifica el régimen establecido por el Decreto n.º 55/2025/1, de 26 de febrero, que, en 2026, estipulaba la interrupción de la pesca del pulpo entre el 15 de septiembre y el 14 de octubre.

Según el decreto, la suspensión de la veda de este molusco marino se debe a las dificultades que ha atravesado el sector a causa de las condiciones del mar registradas en los últimos meses, las cuales impidieron el funcionamiento normal de los buques y provocaron «pérdidas económicas significativas», especialmente para aquellos dedicados a la pesca del pulpo.

El documento señala que, debido a estos retos económicos y operativos, se justifica la suspensión de la veda en 2026.

Según el decreto, la medida, de «carácter excepcional y temporal», es compatible con los principios de sostenibilidad y gestión compartida del recurso en el marco del modelo de cogestión, y es aplicable exclusivamente durante el año 2026.

El Gobierno señala asimismo que el Comité de Cogestión de la Pesca del Pulpo emitió un dictamen favorable sobre la suspensión, teniendo en cuenta la situación económica de la flota y la intención de las autoridades de no establecer un período de veda nacional obligatorio en 2026.

A pesar de la suspensión de la veda, el resto de medidas de gestión de la pesca del pulpo siguen vigentes, concretamente los límites de captura y la obligación de devolver al mar las nasas que contengan huevos, con el fin de proteger la reproducción de la especie.