La fecha límite es el 31 de agosto y se aplica a quienes deban pagar un Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles (IMI) superior a 500 € y no hayan abonado el importe total a la Agencia Tributaria y Aduanera con el primer plazo en mayo.

El Código del IMI establece diferentes plazos de pago, en función del importe anual del impuesto que se debe abonar al Estado. Si el IMI no supera los 100 €, se abona en un único plazo en mayo de cada año.

Si el importe es superior a 100 € pero inferior a 500 €, se divide en dos plazos: el primero se abona en mayo y el segundo en noviembre (en estos casos, agosto no es mes de pago).

Si el importe del IMI (impuesto sobre bienes inmuebles) es superior a 500 €, el total se divide en tres plazos: uno que se abona en mayo, otro en agosto y otro en noviembre.

El IMI se aplica sobre el valor de mercado de los inmuebles, con un tipo único del 0,8 % para los bienes rústicos (terrenos) y un tipo que varía entre el 0,3 % y el 0,45 % para los edificios urbanos (construcciones y terrenos edificables).

Aunque la Autoridad Tributaria y Aduanera (AT) calcula y recauda el impuesto, los tipos del IMI (Impuesto Municipal sobre Bienes Inmuebles) que se aplican en cada municipio los fijan los ayuntamientos dentro de estos márgenes.

Los edificios desocupados desde hace más de un año o en ruinas situados en zonas de presión urbanística están sujetos a un tipo impositivo del IMI más elevado. En estos casos, el tipo se multiplica por diez (10 veces el tipo normal).

Por ejemplo, si el IMI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) ordinario es del 0,4 %, se aplica un tipo impositivo del 4 %.

Según el Código del IMI, si el inmueble permanece desocupado, este tipo impositivo se «incrementa, en cada año sucesivo, en un 20 % adicional». En este ejemplo, el tipo pasa al 4,60 % en el segundo año y al 5,76 % en el tercero.

Las personas con hijos de hasta 25 años se benefician de una reducción del IMI a través de la ventaja fiscal conocida como «IMI familiar», si el municipio ha decidido adherirse a este incentivo. El incentivo varía en función del número de hijos, mediante una reducción fija del IMI a pagar.

Un contribuyente con un hijo se beneficia de un descuento fijo de 30 €, quienes tienen dos hijos obtienen una reducción de 70 €, y quienes tienen tres o más hijos a su cargo se benefician de una rebaja de 140 €.

Según el Código General de Impuestos, las autoridades fiscales aplican la reducción de forma automática y, basándose en el registro de contribuyentes y en la información facilitada en la declaración de la renta, comprueban si una familia cumple los requisitos para recibir el descuento.